EL PROCESO PENAL EL CONTROL DE LA ACUSACIÓN EN EL DERECHO PROCESAL PENAL GUATEMALTECO
Q175.00
En un Estado Constitucional de Derecho, la acusación debe tener controles y limites, dado a que , como acto juridico procesal, es la obra maesstra del Fiscal del Ministerio Publico, el instrumento del que se vale el Estado para el ejercicio del ius puniendi; un acto concreto en que se traduce función de persecución penal, pero siempre con respeto al principio de legalidad. Por ello, la acusación conlleva un acto de alta calidad tecnica y jurídica en su elaboración, capaz de garantizar sus resultados positivos; «una sentencia condenatoria» la separación de una persona de la sociedad, por haber violentado el ordenamiento jurídico penal y constituir una amenaza contra los bienes jurídicos más elementales; por supuesto, bajo la observancia y pleno respeto de los derechos y garantías procesales, tanto del acusado y la victima-agraviada. Por ende, legalidad y acusación, son institutos jurídicos procesales que se relacionan mutuamente.