LA MEDIACION EN EL CODIGO PROCESAL PENAL
Q55.00
No representa el mismo efecto psiquico y emocional, el hecho de dialogar y buscar una solución conjunta con el responsable ante un mediador respetuso, leal y que inspira confianza, que ver de lejos a la persona que nos ha causado dirctamente un daño sin hablar con él, rodeados quizás de polícias y frente a la autoridad judicial, quien toma las declaraciones, acusatorias por parte del damnificado y, en clara violación a la moralm a la honorabilidad y a la verdad, del victimario que se declara inocente de causar daños materiales, físico, económicos y sociales.